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  • Consulta : 129639
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 244243

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS TARDES:

     Si demandas  el juicio de reconocimeimnto de paternidad, lo es para que el menor tenga  el reconocimiento judicial, y poor ende cambie su acta de nacimiento y tenga a partir de ese reconocimiento el apellido del padre y de la madre como su filiaciòn legal.

    Por cuanto ve a gastos,  el demandado no esta obligado en forma alguna a dar cumplimiento al capricho de  pago de gastos que por obligaciòn tienes que hacer tu, y de corresponderle, solo seria la mistad, y no el toatl,  lo puedes demandar y  pudiera ser que este, el demandado, crea tener la obligaciòin de dar esos gastos,.  pero si tiene abogado, este le dira que los niegue.

    De igual forma, no esta obligado a dar  pago alguno de tu embarazo, del puerperio, del parto o del juicio de  paternidad por medio de prueba de adn.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, les daré respuesta a todos.