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AutorRespuesta No: 244080
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Noviembre de 2011 12:54 2011-11-04 12:54 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
No es ninguna injusticia que su abuelo, siendo el propietario de la casa en la que viven sus hijas y demás parientes, ejerza su derecho legítimo de disposición de sus bienes, si que su pretensión signifique que se encuentre afectado de sus facultades mentales.
Y si sus hijas, como usted lo señala, se han encargado de pagar el mantenimiento del inmueble (que no especifica en qué consiste ese mantenimiento), no les da ningún derecho sobre la propiedad, con mayor razón, cuando han estado viviendo en la finca sin pagar renta a su abuelo, de forma tal que esos gastos que han realizado, no han sido para beneficiar a su ascendiente, sino en provecho propio, al mantener la casa en condiciones que les permita vivir de la manera más digna posible.
Y es preferible que no sigan presionando a su abuelo, pues él puede tomar libremente la decisión de acudir ante un Notario a otorgar su testamento, designando como heredero de esa propiedad a una persona distinta de sus hijas y demás parientes, sin que puedan impedírselo, pues como le señalé, él puede disponer libremente de sus bienes, tanto en vida como para después de su muerte.
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