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AutorRespuesta No: 244083
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Noviembre de 2011 13:03 2011-11-04 13:03 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Sii en el contrato individual de trabajo que tiene celebrado por escrito con el trabajador, incluyó cláusulas en las que se estipularon medidas y sanciones disciplinarias para el caso que acumule determinada cantidad de retardos, puede aplicarlads; si no existe esta estipulación, no puede hacer otra cosa que descontarle el tiempo no trabajado, como lo ha venido haciendo.
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