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  • Consulta : 129581
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 244083

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Sii en el contrato individual de trabajo que tiene celebrado por escrito con el trabajador, incluyó cláusulas en las que se estipularon medidas y sanciones disciplinarias para el caso que acumule determinada cantidad de retardos, puede aplicarlads; si no existe esta estipulación, no puede hacer otra cosa que descontarle el tiempo no trabajado, como lo ha venido haciendo.