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  • Consulta : 129412
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 243898

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Cuando un vehículo (o cualquier otro bien, sea mueble o inmueble) es embargado con motivo de un juicio para garantizar el pago de las prestaciones que el actor reclamada del demandado, y dictada la sentencia, éste no la cumple, entonces ese bien es sacado a remate por el juez que conoce del asunto; una vez que es adjudicado y ante la rebeldía del demandado de entregar la factura endosada, el propio Juez expide una factura judicial, que es la que ampara la propiedad del automóvil; si el vendedor le dice entonces que el vehículo que le vende, es producto de un embargo y no cuenta con el original de la factura judicial, entonces quiere decir que sigue siendo propiedad de la persona a quien se lo embargaron.