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AutorRespuesta No: 243898
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Noviembre de 2011 18:36 2011-11-02 18:36 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Cuando un vehículo (o cualquier otro bien, sea mueble o inmueble) es embargado con motivo de un juicio para garantizar el pago de las prestaciones que el actor reclamada del demandado, y dictada la sentencia, éste no la cumple, entonces ese bien es sacado a remate por el juez que conoce del asunto; una vez que es adjudicado y ante la rebeldía del demandado de entregar la factura endosada, el propio Juez expide una factura judicial, que es la que ampara la propiedad del automóvil; si el vendedor le dice entonces que el vehículo que le vende, es producto de un embargo y no cuenta con el original de la factura judicial, entonces quiere decir que sigue siendo propiedad de la persona a quien se lo embargaron.
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