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  • Consulta : 129396
  • Autor : lawyer2006
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  • Autor
    Respuesta No: 243862

  • lawyer2006
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ESTIMADO AMIGO.

     

                                              No se que tonterias habla el consultante anterior, desconozco si ha ejercido la profesion,   de conformidad con el articulo 477 del Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo, la via para demandar la rescision, es la via sumaria de desahucio, checate dicho articulo. salu2, si esta contestacion es de utilidad dale una palomita.