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AutorRespuesta No: 243923
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Noviembre de 2011 20:36 2011-11-02 20:36 desde IP: 187.144.34.220
BUENAS NOCHES.
Con la copia de la sentenciqa ejecutoriada en materia penal que condena al cumplimiento de la reparaciòn del daño, tu abogado puede inciiar en la vìa civil la ejecuciòn de esa sentencia e ir embargar sobre bienes propiedad del sentenciado. Tu abogado sabe que hacer.
Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
A B O G A D O.
kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m
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