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  • Consulta : 129334
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 243863

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    iliana161202

    Toda vez que el arrendatario no a cubierto en tiempo y forma el pago de la renta de acuerdo a lo estipulado en el contrato de arrendamiento usted puede demandar la rescision del mismo, asi como el pago de intereses moratorios por la falta de pago puntual o bien de no haberse pactado estos en el contrato el pago del interes al tipo legal. Asistase de abogado de su confianza.

    Saludos.