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Fecha de respuesta: Martes 01 de Noviembre de 2011 16:26 2011-11-01 16:26 desde IP: 189.200.114.215
Que diferente no? Asi ya responde usted humildemente y pues es distinto a exigir algo.
Bien.. por lo que leo aqui.. a penas se trata de la pension provisional la cual se ha dictado en el 33%
Esto como su nombre lo dice ES PROVISIONAL. Le notificarán la demanda definitiva de alimentos y deberá probar SU ABOGADO la necesidad de la persona que los pide no es para un 33% y acreditarlo con pruebas en juicio. Ahi si.. exponer que ella se dedica a los antros nocturnos y todo lo que usted expone. Tambien que pasa pension alimenticia a otros hijos para que el Juez considere todo ello y ya en definitiva se verá si se le concede el 33% o no.
Pero insisto... esa es TAREA DE SU ABOGADO
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