Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 129330
  • Autor : ulloa88
  • Consultas en Foro: 75
  • Respuestas en Foro: 3212
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 243772

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que diferente no? Asi ya responde usted humildemente y pues es distinto a exigir algo.

    Bien.. por lo que leo aqui.. a penas se trata de la pension provisional la cual se ha dictado en el 33%

    Esto como su nombre lo dice ES PROVISIONAL. Le notificarán la demanda definitiva de alimentos y deberá probar SU ABOGADO la necesidad de la persona que los pide no es para un 33% y acreditarlo con pruebas en juicio. Ahi si.. exponer que ella se dedica a los antros nocturnos y todo lo que usted expone. Tambien que pasa pension alimenticia a otros hijos para que el Juez considere todo ello y ya en definitiva se verá si se le concede el 33% o no.

    Pero insisto... esa es TAREA DE SU ABOGADO