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  • Consulta : 129066
  • Autor : MERCHE68
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    Respuesta No: 243426

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si su asunto se ha seguido moviendo y le han solicitado el pago, no puede prescribir. Ya que se le ha dado seguimiento. Si por el solo transcurso del tiempo se adquiriera un inmueble dejando de pagar lo pactado, nadie pagaria los creditos.