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  • Consulta : 128929
  • Autor : edgarraul121078
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  • Autor
    Respuesta No: 243264

  • edgarraul121078
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Mire en la parctica hay dos situaciones que pudiesen suscitarse; la primera es que usted les exija un contrato y el pago de las prestaciones que ha dejado de recibir, sin embargo lo que por regla general sucede es que se le de de baja, y la segunda es que usted en el momento que ya no quiera seguir laborando demande a la empresa por los adeudos que de las prestaciones reclamadas; y la ventaja que usted tiene es que esta laborando con un contrato verbal, que es valido al igual que uno por escrito.

    Si requiere mayor informacion visite mi oficina virtual en esta pagina.

    Atte. Lic. Raul