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  • Consulta : 128885
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 243581

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    gcarranzalemus:

    Y ahora y nada más para destacar mi capacidad como abogado penalista que soy, le informo que usted puede intyerponer una demanda de amparo en contra de la orden de presentación que se le ha girado, para lo cual debe hacer valer que es una garantía constitucional que a nadie se le obligará a declarar en contra propia, y que a ningún probable responsable se le puede obligar a declarar, pùes inclusive tiene el derecho de negarse a declarar.

    Está clarop que para redactar esta demanda de amparo usted deberá contratar y pagar a un abogado, cuenta habida de que usted carece de la capacidad para hacerlo, incapacidad demostrada por el simple hecho de que viene a estos foros para pedir consejo acerca del tema.