- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 128885
- Autor : Montyel
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 361
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 243363
-
Fecha de respuesta: Jueves 27 de Octubre de 2011 19:55 2011-10-27 19:55 desde IP: 189.200.202.68
le corrijo, si su deuda es solo de caracter civil no hay detencion, es decir que se derive de alguna deuda por alguna compra, o alguna negociacion, algun contrato
Atentamente
Montyel2_22 arroba com mx
-
Autor





