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AutorRespuesta No: 243142
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Octubre de 2011 20:46 2011-10-25 20:46 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Estoy totalmente de acuerdo con lo expuesto por el forista Garóvalo, a quien le envío un cordial saludo.
Debe usted tomar en cuenta que, si como resultado de la propuesta que le hace su amiga, ella resulta embarazada y da a luz a un hijo, podrá demandarle a usted el reconocimiento de la paternidad y, acreditado que efectivamente ustedes el padre biológico, estará obligado a dar alimentos al menor, sin que tenga valor alguno ni surta ningún efecto legal cualquier documento en que la madre del niño renuncie al derecho de su descendiente a que usted le proporcione alimentos, toda vez que éstos, no están sujetos a ningún convenio o transacción, son irrenunciables e impreibles.
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