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Fecha de respuesta: Martes 25 de Octubre de 2011 16:15 2011-10-25 16:15 desde IP: 189.233.9.237
En efecto mi buen Garovalo, si nos ubicamos por un momento en la consulta de TOYSTORY, ella claramente detalla que: “””-cabe mencionar que tengo 15 días legalmente divorciada-“””, de tal suerte que “””- el Juez no debe-“””, sino debió resolver la subsistencia o no de esa obligación como consecuencia de la disolución del matrimonio, en términos del artículo 302 del Código Civil para el Distrito Federal.
SALUDOS Y UN FUERTE ABRAZO
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