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  • Consulta : 128651
  • Autor : licccc
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  • Autor
    Respuesta No: 242957

  • licccc
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Sin duda alguna PAGARÉS, la letra de cambio actualmente es un título en desuso.

    Los formatos de los pagarés son libres, siempre y cuando reunán los requisitos establecidos en el artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por lo que inclusive, puedes establecer un calendario de pagos impreso en el mismo e ir anotando "pagado" en las parcialidades por ejemplo, o emitir varios con las diversas parcialidades del total del monto, etcétera.

    Ojalá te sea de utilidad.