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  • Consulta : 128414
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 242701

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primero debe solicitar que la sentencia que condena al pago de rentas atrasadas cause ejecutoria, si demandó también la desocupación y entrega del inmueble debe esperar a que la sentencia cause ejecutoria, inmediatamente solicitar al Juez que le haga entrega física y jurídica del inmueble (aún si no lo demandó, sólo por el hecho de que el inmueble está abandonado y corre el riesgo de ser invadido debe solicitar en entrega física y jurídica). Como las sentecias firmes traen aparejada ejecución, entonces debe localizar a los arrendatarios y una vez ubicados solicitar al Juez el embargo por el valor de las rentas adeudadas. Tal vez necesite los servicios de investigadores privados y para ello hacer un análisis de costo_beneficio.