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  • Consulta : 128396
  • Autor : ABOGADOS VBR
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  • Autor
    Respuesta No: 242679

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante le comento que usted como comprador de una casa habitacion esta obligado a pagar el Impuesto de adquisición de bienes inmuebles, los derechos de registro, gastos y honorarios al notario que vea su operacion unicamente y en caso de que adquiera local comercial entonces ademas de los gastos anteriores debera pagar el iva que se causa por el local comercial y el ultimo supuesto que se daria es en el caso de que usted adquiera un bien inmueble en donde el precio de avaluo sea mayor de un 10%  del precio de venta en este ultimo caso pagar el Impuesto sobre la Renta que se causa, pero de ahi en fuera no esta obligado a pagar otro concepto mas que los señalados con anterioridad y segun el supuesto ok, suerte.

     

    Atentamente

    Lic. Victor Borgonio Rivera

    Notaria 1 de Tula, Hidalgo

    Cel. 5525000684