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  • Consulta : 128395
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 242684

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    eso que dice el colega... no es cuierto...

     lo que debes hacer es dejar las cosas en manos de tu abogado... que ya sabe que hacer...

    deberà  presentar una solicitud de informes a las empresas donde ha trabajado este amigo durante los ultimos 5 años...

    despues... con ese estimado... hacer una planilla de liquidaciòn de pensiones vencidas y a que momnto llega lo cubierto.... asi ...sobresale cual es la deuda de pensiòn actualizada... y se demanda en incidente el cumplimiento de la sentencia...

    ahora bien... se puede pedir un oficio de descuento dircto de pensiòn con  deposito en el juzgado.... pero solo sobre el salario... otras percepciones... derivadas del concepto de honorarios... no entran en tal... solo sobre el salario....

    por cuanto ve a que no conviva con su hija... POBRECITA... no seas payasa... bien sabes que la ley no obliga a los padres a convivir con los hijos...sobre eso nada se puede hacer... si la niña tiene algun problema piscologico... es la madre... que ha de estarle diciendo... NO TE QUIERE... PREFIERE A... ya que la niña no nacio con el conocimiento de quien o como es su padre....