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  • Consulta : 128178
  • Autor : ABOGADALUZ
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    Respuesta No: 242436

  • ABOGADALUZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Te reitero, puedes demandar la figura de prescripcion toda vez que, ésta opera con que acredites el "justo título", la razón por la cual tienes la posesión (contrato de compraventa en este caso), que te de la calidad de dueño,  no opera la prescripcion cuando se trata de ascendientes o descendientes, pero es, para el caso que acudas a juicio aduciendo que como es casa de tus padres o de tu hijo,ejerces el título de dueño, pues claro es que, los propietarios serian tus padres o tus hijos, según sea el caso, luego entoces no eres dueño del inmueble y por consiguiente no cumples el requisito de tener la posesión en calidad de dueño.

    Es por eso, que te reitero, acude con un abogado civilista, ya que aún  cuando existen disposiciones que pareciere que te impiden acudir a juicio para solicitar la prescripcion, guardan en su interpretación otra disposicion que no es la literal.

     

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