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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Octubre de 2011 16:21 2011-10-19 16:21 desde IP: 69.79.180.2
Gracias nuevamente por la respuesta,...
Tengo que insistir en el tema ...ya que observo que es usted conceder del mismo,.... y prefiero tener absoluta claridad de este proceso;, para mí, muy importante...
Por favor dígame si es correcta mi apreciación:
Tendré que esperar al año 2021 (con 65 años de edad), para poder hacer la reclamación correspondiente al IMSS ?.....o puedo hacer la reclamación en el año 2017 , que es cuando cumplo 60 años de edad ?
Apegado a la ley 1973
Disculpe la insistencia en el tema pero desconozco del mismo.
Cordial Saludo
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