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  • Consulta : 128142
  • Autor : ABOGADOS VBR
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  • Autor
    Respuesta No: 242440

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A  quien tiene que demandar es a la constructora, pues es la indicada toda vez que ha incumplido en la entrega de los inmuebles por lo que puede solicitar el pago de daños y perjuicios por el no cumplimiento en timpo y forma del inmueble comprado, pero a la hipotecaria no la puede hacer responsable por los tiempos de entrega pues ella solo presta dinero a sus acreditados y notiene nada que ver con la obra ok, suerte.

    Atentamente

    Lic. Victor Borgonio Rivera

    Consultoria Juridica