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AutorRespuesta No: 242291
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Octubre de 2011 21:05 2011-10-17 21:05 desde IP: 189.216.192.143
Si cuanta con facturas de la materia prima que le entragaba y firmadas de recibido, o las carta de porte, lo que procede es que demande medios preparatorios a juicio para que mediante confesional renozca la recepción del material y en consecuencia el adeudo, una vez reconocido mediante confesión judicial, entonces puede demandar por la vía ejecutiva mercantil el pago de lo adeudado.
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