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Fecha de respuesta: Martes 18 de Octubre de 2011 12:55 2011-10-18 12:55 desde IP: 187.141.50.114
que bueno que te preocupas por tu menor hijo; realmente es dificil lograr la patria potestad de tu hijo sin embargo no hay peor lucha de la que no se hace....hay argumentos con las cuales puedes dar inicio tal como:
1. la madre no trabaja
2. por las mañanas se sale hacer tareas y por las tardes estudia
3. no tiene los cuidados y atenciones para con el menor.
4. no existe es apoyo total de los abuelos maternos ya que viven en condiciones no aptas para el menor y son una familia donde algunos consumen drogas y alcohol y las diferentes peleas familiares.
5. El que la familia de ella no tenga las atenciones y precauciones con el menor ya que tiran veneno por todas partes por q
MARCO CONCEPTUAL
3. Caracteres de la Patria Potestad.-
6.- Hechos y actos extintivos de la patria potestad.- La patria potestad concluye de pleno derecho o mediante decisión judicial.- Algunos autores clasifican los modos de extinción en normales, pues responden a hechos jurídicos o actos lícitos de padres o hijos, y anómalos, entendiendo por tales aquellos casos en los que la conducta ilícita de los padres es sancionada por los jueces, o se encuentra incapacitados para afrontar las responsabilidades paternas.-
6.1. De pleno derecho.- Por regla, las legislaciones de la Región reconocen las mismas causas ipso iure.- Las condiciones que estructuran a esta institución desaparecen, quedando sin sustento la titularidad de este deber-derecho.- Entonces la patria potestad se extingue acaba cuando:
1) Los hijos llegan a la mayoría de edad.-
2) Los hijos menores de edad contraen matrimonio.-
3) Los hijos menores de edad o los padres, fallecen.-
4) Los hijos menores de edad son adoptados.-
5) Los hijos menores de edad o los padres ingresan en órdenes religiosas.-
6.2.-Pérdida o privación de la patria potestad.- Como antecedente a una sanción, las leyes organizan una serie de conductas reprochables a los padres, pues provocan graves perjuicios a los hijos.- Son hipótesis excepcionales que autorizan la intervención directa del Estado en protección de los niños víctima de tales actos.- Históricamente, la pérdida de la autoridad parental constituía la principal sanción, y tenía un carácter definitivo.- La evolución en el estudio de las relaciones paterno filiales, obligó a reconsiderar la gravedad de la pérdida de los derechos paternos, y en beneficio de los hijos, paulatinamente se instauró la privación como medio sancionatorio, cuya característica principal está dada por la posibilidad de recuperarlos, demostrando haber superado y reparado las causas que determinaron la medida judicial.-
En síntesis, como sanción, con intervención judicial, la patria potestad se pierde, en cuyo caso el derecho se extingue, o se priva de la misma a los padres, y en consecuencia los padres quedan desplazados del ejercicio de los derechos, pero no de las obligaciones, admitiéndose la recuperación de aquellos demostrando haber superados las causas.- Entre las más comunes reconocidas por las leyes americanas, figuran:
1) Delitos cometidos contra los hijos.-
2) Los malos tratos, y el abuso sexual (como categoría diversa a la anterior).-
3) El abandono subjetivo total o parcial del hijo.-
4) El incumplimiento injustificado de los deberes paternos (abandono objetivo).-
6) La sustracción a las obligaciones alimentarias.-
7) Las conductas corruptoras, los ejemplos inmorales, la incitación a la mendicidad o la vagancia.-
8) La incitación a cometer delitos, o su desinterés, al consumo de alcohol, y de sustancia prohibidas; etc.-
9) y en algunas legislaciones, la culpa en el divorcio si éste se produjo por ciertas y determinadas causas (ejemplo Código Civil de Perú ).-
6.3.-La suspensión de la patria potestad -. Esta medida se adopta cuando los padres se encuentran impedidos, de hecho, de hacerse cargo de la crianza, cuidados y educación de sus hijos.- No existe reproche alguno, pues lo que acontece son hechos externos a la voluntad de los padres, y en ese caso, la ley tiende a suplir la incapacidad sobreviniente o concomitante, tanto en beneficio de los hijos como de los padres.- Entre los supuestos comunes a todas las legislaciones, encontramos:
1) La interdicción judicial por alteraciones mentales.-
2) la ausencia prolongada.-
3) el encarcelamiento por más de determinados años.-
4) la asignación de la tenencia al otro padre.-
5) la menor de edad del padre extramatrimonial.-
Todas ellas operan mediante verificación y decisión judicial.-
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