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  • Consulta : 127806
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 241960

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lo que seguramente le van a iniciar es una AVERIGUACION PREVIA, y será ante el Agente del Ministerio Público del fuero común por el delito de ROBO.

    En este caso, como creo que usted no se la robó, no le podrán imar este delito, quizas sí el de ENCUBRIMIENTO, depende del Agente que integre la averiguación.

    Lo que usted puede hacer es deslindarse del asunto, SIEMPRE Y CUANDO HAYA USTED EFECTUADO DEBIDAMENTE UN CONTRATO DE COMPRA-VENTA DEL VEHICULO,   en el contrato se incluye una claúsula donde se asienta que el vendedor se responsabiliza de la legal procedencia del vehículo, y que este no se encuentra relacionado con delito alguno, ni adeuda infracciones de tránsito ni cargos fiscales ni nada..  ¿si lo hizó? si no lo hizo, lástima, debió asesorarse con un profesional del Derecho antes de haber efectuado la compra.

    EL hecho de que haya efectuado los pagos de impuestos del vehículo, sí le beneficia en el sentido de que usted poseía el vehículo derivado de una posesión de buena fe, PERO NO QUIERE DECIR QUE POR ELLO LE VAYAN A DEVOLVER EL VEHICULO.

     

    Hecho lo anterior, con el contrato que haya efectuado, usted podrá enderezar la acción legal correspondiente en contra del VENDEDOR DEL VEHICULO, llegando incluso a ser indemnizado por daños y perjuicios, así como a ser restituido en su compra.

     

    Es la única salida legal. 

    Suerte.