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  • Consulta : 127804
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 241956

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Aunado a lo anterior, le informo que si usted renta o es propietario de su local, usted lo está usando y por lo tanto ejerce derechos de POSESION, por lo tanto usted puede decidir quien entra o quien no entra. 

    Al estar bajo su DOMINIO su local, usted puede negarle o permitirle la entrada a quien usted quiera, sin tener ninguna consecuencia legal.  No es violatorio de ninguna ley restringir la entrada a los menores de edad, y solo permitirsela a adultos.

    Le informo que en cuanto implemente esta medida, su negocio no tendrá ventas idóneas, pues las amas de casa van con sus hijitos a todos lados, y las familias entran enteras a dizque comprar.

    Atienda la recomendación del colega, y advierta por escrito que mercancía deteriorada por el cliente o sus vástagos, el cliente la deberá pagar.  Esto es contractual y tiene usted el pleno derecho a ser resarcido por los daños.

    Suerte.