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  • Consulta : 127614
  • Autor : law and rp
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  • Autor
    Respuesta No: 241670

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En relación a su consulta le manifiesto que resulta de vital importancia para mantener sana su relación la celebración y firma del contrato de arrendamiento, ya que si por alguna razón, como lo sería la falta de pago de la pensión rentística  o bien la terminación del plazo contratado, usted deseara la desocupación y entrega de su inmueble resulta imperioso para promover la acción correspondiente la exhibición del contrato en comento. Le sugiero insista en la celebración y firma del mismo bajo pena de desocupación y entrega del inmueble de tal manera que meidante ello se ahorre una serie de trámites para la supuesta y concedida necesidad de llegar a la desocupación y entrega del local comercial.

     

    Saludos.