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Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2011 16:02 2011-10-11 16:02 desde IP: 148.233.178.77
Ok amigo, te respondo .... tu situación es un poco complicada, porque hablas de un contrato de subarrendamiento pactado de manera verbal, es decir, que a ti te rentó el departamento una persona que a la vez es arrendatario de un tercero, en este caso, la dueña del inmueble ..... mi recomendación directa sería que te salieras de ese departamento y buscaras otro, mas que nada por sentido común, porque si sigues en ese lugar, la convivencia con tu subarrendador será insoportable ..... pero si insistes en quedarte en el mismo, o si dentro de él tienes pertenencias personales que no puedes recuperar, entonces te recomiendo que acudas ante el MP a presentar una querella por el delito de despojo, y deberás demostrar la existencia de ese contrato de subarrendamiento a través de prueba testimonial (ya que no cuentas con un contrato escrito) e igualmente, ofreciendo la inspección ocular del inmueble, a fin de que se constate que en el mismo habitas tú .... para darte una mejor noción de lo que te planteo, te transcribo una tesis sostenida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Ciercuito, que nos dice:
Octava Época. Registro: 226918. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Tesis Aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. IV, Segunda Parte-1, Julio a Diciembre de 1989. Materia(s): Penal. Página: 215. DESPOJO, INEXISTENCIA DEL DELITO DE, CUANDO NO SE DEMUESTRA QUE EL OCUPANTE TENGA UN DERECHO LEGITIMO. No se acredita plenamente la descripción típica contenida en la fracción II del artículo 395, del Código Penal del Distrito Federal, consistente en que se haya lesionado derecho legítimo del ocupante, pues la sola manifestación del pasivo en el sentido de que poseía el inmueble por virtud de un contrato de subarriendo no es suficiente para establecer aquel elemento, ya que el que afirma está obligado a probar, por lo que si aseveró haber celebrado ese contrato tenía que acreditar con prueba idónea, pues aunque allegó documental consistente en un pretendido contrato de subarrendamiento, al no ostentar ese documento ninguna firma, ni del arrendador, ni del subarrendador, ni del subarrendatario, ni de los testigos, no puede corroborar lo manifestado en tal sentido, además se debe advertir que para que el juzgador determine que no se encuentra acreditada la legítima posesión del inmueble del ocupante en su carácter de subarrendatario, es innecesario que exista resolución judicial de autoridad competente que así lo determine, toda vez que al no constar en autos prueba eficiente que pueda establecer esa circunstancia, aunque sea como un simple indicio, el juez penal se encuentra en posibilidad de advertir que el carácter de subarrendatario del ocupante no quedó demostrado. Por tanto, si no se comprobó que el ocupante tenía un legítimo derecho sobre el inmueble, es inconcuso que la conducta del hoy quejoso no transgredió el bien jurídico tutelado por la mencionada figura típica.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 280/89. René Sosa López. 13 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Marín Carrasco. Secretaria: Irma Rivero Ortiz.
Dicha tesis, interpretada a contrario sensu (sentido contrario), nos deja claro que el despojo si puede existir tratandose de subarrendatarios, pero que para ello, se debe demostrar mediante pruebas idóneas la existencia de ese contrato, del cual emana el derecho que tienes para poseer de manera precaria el inmueble, en calidad de subarrendatario, y que por ende, se está lesionando ese derecho, al ser privado de la posesión por quien te lo subarrendó.
Otra recomendación sería que hablaras directamente con la persona que es dueña del inmueble, y que por ende, es quien le arrendó el departamento a quien te lo subarrendó a ti, para que le plantees la situación y quizá ella puede darte alguna solución .... muchas veces, los arrendadores no están de acuerdo en que sus inquilinos subarrienden el predio objeto de contrato, y ello puede generar 2 cosas: 1.- que la dueña le pida a su arrendatario (en tu caso, tu subarrendador) que desaloje el inmueble por incumplir el contrato, o; 2.- que de manera verbal le pida a su arrendatario que te deje seguir viviendo en el departamento .... nada pierdes con intentar eso.
Espero que mis opiniones te sean de utilidad, saludos.
LIC. EDGAR MÉZQUITA
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