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AutorRespuesta No: 241409
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Octubre de 2011 09:56 2011-10-10 09:56 desde IP: 189.189.69.159
Bueno, lo que se debe hacer en estos casos, es entablar un juicio de Jurisdicción Voluntaria, de Información Testimonial, donde una vez que se lleva a cabo, se desahoga y sobre todo, se obtiene una constancia expedida por la autoridad competente, donde se indique que el vehículo NO se encuentra reportado como robado, el Juez procede a emitir una sentencia QUE SIRVE Y HACE LAS VECES DE TITULO DE PROPIEDAD, lo que en la práctica de la compra-venta de autos se le conoce como FACTURA JUDICIAL.
Si el Juicio fue bien llevado y se obtuvo la constancia que ya te cité, no existe problema alguno, el vendedor te deberá entregar EL ORIGINAL de la copia certificada que le dieron de la Sentencia.
Revisa cuidadosamente los "papeles de remplazo" que obtuvo el vendedor, y si coincide con las características de lo que te enuncio, no hay problema.
Suerte.
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