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  • Consulta : 127368
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 241354

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS TARDES.

     

     Siempres sera mejor el deposito judicial del pago de una obligaciòn, sea esta la que sea, y en el caso de pensiòn alimenticia, es el mejor, ya que con ello se esta poniendo al tribunal, al juzgado, en conocimiento del cumpklimniento de la obligaciòn.

    Si fuera necesario y solo en ese caso, en billete de deposito.

    Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO.

    kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m