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Fecha de respuesta: Domingo 09 de Octubre de 2011 15:34 2011-10-09 15:34 desde IP: 187.194.50.148
BUENAS TARDES.
Siempres sera mejor el deposito judicial del pago de una obligaciòn, sea esta la que sea, y en el caso de pensiòn alimenticia, es el mejor, ya que con ello se esta poniendo al tribunal, al juzgado, en conocimiento del cumpklimniento de la obligaciòn.
Si fuera necesario y solo en ese caso, en billete de deposito.
Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO.
kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m
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