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  • Consulta : 127360
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 241347

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    elvisgym1

    Si bien argumenta usted que ha pagado la renta, tambien lo es que no lo ha hecho en TIEMPO Y FORMA,  revise usted su contrato de arrendamiento toda vez que se estila el cobro de intereses moratorios cuando la renta es pagada fuera del termino que pueden ser segun sea el caso dentro de los primeros cinco dias de cada mes.

    Saludos.