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  • Consulta : 127219
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 241154

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ihana80

    Negandose el trabajador a recibir el aviso de la resicion el patron cuenta con un termino de cinco dias para tramitar un procedimiento paraprocesal y hacerlo del conocimiento de la Junta de conciliacion y para que a traves del actuario de la junta se le notifique este al trabajador. Lea usted el articulo 47  de la Ley Federal del Trabajo.

    Saludos.