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AutorRespuesta No: 240793
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Octubre de 2011 18:36 2011-10-03 18:36 desde IP: 189.152.248.226
En la ley 1997 del imss,esta contemplada la pensIón anticipada siempre y cuando en su cuenta individual existan recursos suficientes que calculando la renta vitalicia Y EL SEGURO DE SOBREVIVENCIA sea superior al 30% DE LA PENSION GARANTIZADA POR EL ESTADO.
Pagando las cuotas correspondientes hatsa los sesenta años eso no es posible.
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