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  • Consulta : 126856
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 240791

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El tiempo para la cita, depende de la carga de trabajo de los Juzgados.

    No obstante, el Juez puede habilitar al Secretario de Acuerdos o Conciliador para cumplir con las diligencias que por cualquier razón algún no pueda cumplir.

    Te sugiero que acudas directamente con el Juez y le plantees tu asunto, pues no es culpa tuya que el actuario esté enfermo y no pueda cumplir con sus diligencias, pues en términos de lo dispuesto por el artículo 17 Constitucional, todos tenemos derecho a una justicia pronta y expedita.

    Hablale bonito y expón tu caso, la mayoría de los Jueces son muy amables y siempre te atienden, pero a muchos les da miedo o piensan que los van a regañar si acuden con el.

    Saludos.