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  • Consulta : 126772
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 240682

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si en la empresa en que actualmente está laborando, se va a dar un reajuste de personal, previamente a dar por terminada la relación de trabajo con los trabajadores separados del empleo, elptrón debe proceder en la forma establecida en los artículos 433 a 439, de la Ley Federaldel Trabajo, obteniendo de la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda, en razón de la competencia, justificando cuál de las cinco causas que expresamente permiten la reducción definitiva de los trabajos de la empresa, obteniendo la aprobación de las autoridades laborales mediante el procedimiento establecido en los artículos 782 y siguientes, de la propia Ley Laboral.

    Una vez obtenida dicha aprobación por parte de la Junta, para poder dar por terminada legalmente esa relación laboral, deberá pagar, a los trabajadores reajustados, tres meses de salario diario integrado,másla prima de antigüedad, consistente en doce días por año de servicios,la que se paga sobre la base de un salario máximo equivalente al salario mínimo general del área geográfica en que se ubique el centro de trabajo, así como las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, proporcionales, que se adeuden a cada trabajador y los sueldos y prestaciones ordinarias y extraordinarias que hayan devengado a la fecha de terminación de la relación laboral.

    Adicionalmente, para que la Junta apruebe la terminación de la relación laboral por reducción definitiva de sus trabajos, la empresa deberá tomar en consideración la antigüedad escalafonaria delos trabajadores, para que sólo sean reajustados los de menos antigüedad.

    Si la empresa no cumple con el procedimiento establecido en la Ley, entonces incurre en un despido injustificado, y el trabajador podrá demandar, a su elección, su reinstalación en el empleo, en las mismas condiciones en que lo venía prestando, o bien,la indemnización constitucional por despido injustificado.}

    Ahora bien, si la terminación colectiva de las relaciones de trabajo es motivada por la instalación de maquinaria o procedimientos de trabajo nuevos, el patrón, además de obtener la autorización de las autoridades del trabajo a que he hecho referencia, deberá pagar a los trabajadores que sean separados del empleo, cuatro meses de salario diario integrado, más veinte días por cadaaño de servicios prestados, en caso que en el contrato colectivo de trabajo no se contemplen prestaciones demayor cuantía, la prima de antigüedad y demás prestaciones quye ya le mencioné.}

    Hágase asistir de un abogado especialista en derecho laboral, en caso de que la empresa no haya cumplido con los procedimientos que está obligada a observar, o en caso que no le paguen lo que legalmente le corresponda, a efecto que, de inmediato y sin mayor demora, entable la demanda en contra del patrón.

    Como recomendación, no firme ningún documento, recibo, finiquito, liquidación, convenio o cualquier otro, del cual la empresa pueda valerse para argumentar que usted renunció voluntariamente al empleo; en caso que le ofrezcan lo que legalmente le corresponda, una vez que usted haya sido asesorada por su abogado respecto las prestaciones que le cubren y su cuantía, elconvenio deberá celebrarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la que previamente deberá analizarlo, a efecto de sancionarlo y aprobarlo, en caso de que no contenga ninguna renuncia a sus derechos como trabajador.