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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Septiembre de 2011 18:33 2011-09-29 18:33 desde IP: 187.195.68.198
jhasmincastill:
Si tu domicilio conyugal se encuentra en el D. F., la infidelidad ya no es una causal de divorcio.
Actualmente sólo con la voluntad de una de las partes se puede solicitar el divorcio ante un Juez de lo Familiar.
Si te casaste por sociedad conyugal, no tienes porque hacer ningún otro contrato donde le estipules nada.
En todo caso, cuando se promueva el divorcio incausado, tendrán que presentar un convenio, en el cual se establezca la forma de liquidación de la sociedad conyugal, si para ti resulta rentable ceder la parte que te corresponde de dicha sociedad por una pensión vitalicia, trata de llegar a un acuerdo con el y que quede pactado en el convenio que deben presentar o proponer al Juez.
Te recomiendo que te asistas de un abogado especialista en materia familiar, para que analice correctamente tu asunto y vea si te conviene ello, o además de ello (la pensión), puedas reclamar tu 50% del inmueble.
Si tu no promueves el divorcio, tu esposo puede hacerlo, ya que te reitero, sólo con la voluntad de una de las partes, se disuelve el vínculo matrimonial.
Te deseo suerte y trata de ser objetiva, si el decidió hacer su vida con otra persona, dejalo que se vaya, a lo mejor a ti el destino te tiene reservado algo mejor y por tu bienestar y el de tus hijos (si es que los hay) trata de llegar a un acuerdo beneficioso para ambas partes y que tu puedas salir airosa de esta situación.
Saludos.
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