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  • Consulta : 126580
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 240384

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el endoso es puro...llano y simple... la firma no invalida los actos de cobranza.. como tampo lo es la fecha en la que se realizo...ya que el efecto legal sería ... que en el dorso aparece el duemo del pagare...ya que es una cesión de hecho...en lugar de un endoso....