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AutorRespuesta No: 240362
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Septiembre de 2011 12:25 2011-09-29 12:25 desde IP: 189.234.192.124
el hecho de la defunsión... no hace concluir la obligación de pago que firmo... sea el caracter de principal o de aval.... por lo general... quienes estan en esta situación dejan pasar cuando menos 10 años antes de abrir la sucesión testamentaria o intestamentaria...cuando son herederos... y el acreedor... dependiendo el monto... puede iniciar con esa calidad al dia siguiente de enterarse de la defunción...
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