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  • Consulta : 126199
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El patron tendra que pagarle sus incapacidades segun es de verse en el art. 170 de la ley federal del trabajo.

    puede quejarse ante el imss por la falta de afiliación a tiempo. ademas de acudir a la Procuraduria de la Defensa del Trabajo