Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 126137
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 239935

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Dependiendo del contenido del contrato de mutuo, ya que en algunos casos se señala que la hipoteca subsistirá aún diez años más después de la fecha de vencimiento del mismo.

    En caso de no contener esa cláusula, remitete al capítulo de Prescripción Negativa del Código Civil de tu Estado o, en su caso, de donde se encuentre encuentra la hipoteca que comentas.

    Saludos.