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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Septiembre de 2011 13:18 2011-09-24 13:18 desde IP: 189.249.49.81
Si fallece el demandado durante la substanciación del juicio, éste se suspende hasta que haya un representante de la sucesión.
Si su familia no promueve la sucesión la puedes denunciar tú como acreedor.
El hecho de que el bien esté hipotecado no impide que se pueda inscribir un embargo, ya que existiría una prelación de créditos, en caso de que se sacara el bien a remate, primero se cubre la hipoteca y con el sobrante, se cubre tu adeudo.
Saludos.
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