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AutorRespuesta No: 239581
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Septiembre de 2011 01:29 2011-09-23 01:29 desde IP: 189.216.141.223
Usted como contribuyente cautivo no se puede dar de alta o baja ante Hacienda, se hacría acreedor a multas además de posibles acciones penales. Puede modificar su régimen ampliando o reduciendo obligaciones pero no puede hacerlas retroactivas, como es una invitación la que recibió, lo que debe de hacer es acudir con un Contador titulado para presentar sus declaraciones y pagar las contribuciones que le correspondan por los depósitos bancarios que señala, antes agradezca que es una invitación y está en tiempo de corregir su error.
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