- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 125823
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 239582
-
Fecha de respuesta: Viernes 23 de Septiembre de 2011 01:44 2011-09-23 01:44 desde IP: 189.216.141.223
Usted señala como referencia el EdoMex, pero dice que el predio es del D.F. Debe buscar en la Gaceta Oficial del D.F., el decreto de expropiación del predio para saber cual es la causa de utiidad pública, ya que efectivamente el legítimo dueño tiene derecho a una indemnización. La única forma de echar abajo la expropiación es que la autoridad no justificara la causa de utilidad pública o que haciéndolo, no realizara la obra o destinara el predio para su fin en el término que señala la Ley. Por otra parte dice que el predio está intestado, por lo que en primer término debe denunciar la sucesión para que se nombre albacea y éste ejerza las acciones necesarias ya sea para cobrar la indemnización o para anular la expropiación.
-
Autor





