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  • Consulta : 125676
  • Autor : Maxwel Smart
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  • Maxwel Smart
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    (Resumen de Actividades)

    Dale cuelta a la página de tu vida...

    LFT: 

    .Artículo 518.-  Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo. La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha de la separación. 

    Artículo 519.- Prescriben en dos años: 

    I. Las acciones de los trabajadores para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo; 

    II. Las acciones de los beneficiarios en los casos de muerte por riesgos de trabajo; y 

    III. Las acciones para solicitar la ejecución de los laudos de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y de los convenios celebrados ante ellas.