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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 19:48 2011-09-20 19:48 desde IP: 187.195.112.143
Justino, dificilmente el Juez fija una cantidad liquida.
Se fija cantidad liquida, cuando no existe un salario fijo.
Los hijos deben vivir de acuerdo a las posibilidades económicas de los padres.
Si un 20% es una cantidad estratosferica en tu caso, el Juez no va a ponerse a hacer cuentas sobre cuánto es lo que debe recibir tu hijo y mucho menos, va a determinar que tu hijo no viva de acuerdo a tus posibilidades económicas.
Tu deber como demandado, es probar que tienes otro tipo de obligaciones y por lo cual no estás en posibilidad de dar tanto, para que se reduzca al dictar sentencia definitiva el porcentaje pero debes PROBARLO, además de que esas pruebas ya debieron haber sido ofrecidas al dar contestación a la demanda, no puedes modificar la litis en cualquier momento...
Cómo pudiste haberlo probado? Con tu acta de matrimonio, actas de nacimientos de tus otros hijos, pagos de hipotecas, colegiaturas, etc... pero siempre y cuando estás estén dentro de los límites de tu sueldo, ya que de lo contrario, podría apreciarse que tienes otros ingresos, además de los que se están reportando, es por ello que debes hacerlo todo asistido de abogado.
Si dices que el Licenciado que contrataste te salió malo, busca a otro, pide recomendaciones, checa con otros compañeros que estén en tu misma situación... pero no dejes de tener abogado, no sabes la de errores que puedes cometer haciendo las cosas por tí mismo.
Los pagarés te refirieron que deben ser revisados por un abogado para que éste determine si puedes hacerlos efectivos o no, no los destruyas sin antes conocer la opinión de un experto.
Suerte!!!
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