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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 18:07 2011-09-20 18:07 desde IP: 200.33.74.37
Debe promover el incidente de guarda y custodia en el juzgado donde se promovio la pension alimenticia.
Por lo general el juez indica el regimen de visitas, si en este caso no fue asi debrian de solictarlo, en caso de que el menor no se quede a vivir con el padre.
La pension alimenticia efectivamente es para el menor no para la madre y en el momento que el menor vive con el padsre deben de notificarle la situacion al juez para que notifique al trabajo y cese la retencion de la pension.
Todo lo que comenta: la no inscripcion del menor en la escuela (recordemos que es obligatorio el 3o de kinder, no antes), la quemada de la pierna, deben de documentarlo y someterlo a consideracion del juez para que les otorgue la guardia y custodia del menor.
Por lo general los niños hasta los 12 años permanecen con la madre pero si ella desea por acuerdo entregarlo al padre es mejor y mas rapido el proceso, auqnue obvio la madre se quedara sin la pension, tal vez al saber esto ya no este de acuerdo en no tener al niño. Es una pena que algunos padres vean a los hijos como signo de pesos pero asi sucede. SUERTE!
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