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  • Consulta : 125496
  • Autor : ABOGADOS VBR
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  • Autor
    Respuesta No: 239171

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado forista, lo que puedo comentar en tu caso, es que toda vez que ya hay y existe sentencia que seguramente causo ejecutoria, entonces esta ultima debe de cumplirse a la letra y esto es al demandado le piden que devuelva el inmueble (desocupe) y al actor en entregar la cantidad que le dieron de anticipo, esto es porque solicitaste la rescisiíon mas no el cumplimiento y si no existia alguna pena convencional dentro del contrato que ampare que el demandado ademas de devolver el inmueble tambien tendria que pagar X cantidad por no formalizarse el contrato, entonces estariamos en la posibilidad de cobrarle ademas ese concepto, pero si no se pacto entonces el juez no esta obligado pronunciarlo en su sentencia ok, cualquier duda sigo a tus ordenes, saludos.

     

    Atentamente

    Lic. Victor Borgonio Rivera