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  • Consulta : 125346
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 238936

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Me encantan estas consultas..

    te metiste a comerciante, pues un PAGARE (no pagaret) implica un acto de comercio, está regulado por una ley especial, y aunque tú me digas que no,  no importa el acto que originó el pagaré,  si fue una deuda, un choque, un prestamo, o algo... el documento es autónomo y es mercantil.

    Pero hay que saber manejarlos, y sobre todo,  hay que conocer las características de un pagaré.

    Así que supongamos que efectivamente una persona te firmó un pagaré...  y luego?  Cómo te cercioraste de su personalidad ???  En qué cabeza cabe andar regalando mil o dos mil o doce mil pesos asi nomas, sin verificar direcciones ni demas atributos personales???

    Para que veas que sí sirven los LIcenciados en Derecho, y no hay que dejar de consultarlos ANTES de hacer actos, no después.

    Así como veo,  fuiste víctima de fraude.  Puedes interponer una denuncia, sin embargo, si ya se peló el deudor, a quien no tienes identificado ni sabes sus generales ni su domicilio, no prosperará.

    Suerte.