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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Septiembre de 2011 00:10 2011-09-14 00:10 desde IP: 189.227.157.41
Me encantan estas consultas..
te metiste a comerciante, pues un PAGARE (no pagaret) implica un acto de comercio, está regulado por una ley especial, y aunque tú me digas que no, no importa el acto que originó el pagaré, si fue una deuda, un choque, un prestamo, o algo... el documento es autónomo y es mercantil.
Pero hay que saber manejarlos, y sobre todo, hay que conocer las características de un pagaré.
Así que supongamos que efectivamente una persona te firmó un pagaré... y luego? Cómo te cercioraste de su personalidad ??? En qué cabeza cabe andar regalando mil o dos mil o doce mil pesos asi nomas, sin verificar direcciones ni demas atributos personales???
Para que veas que sí sirven los LIcenciados en Derecho, y no hay que dejar de consultarlos ANTES de hacer actos, no después.
Así como veo, fuiste víctima de fraude. Puedes interponer una denuncia, sin embargo, si ya se peló el deudor, a quien no tienes identificado ni sabes sus generales ni su domicilio, no prosperará.
Suerte.
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