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  • Consulta : 125322
  • Autor : MERCHE68
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  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Para proceder a embargo deben de realizar una demanda ante juzgado y un actuario (personal de juzgado debe de notificarle y entregarle copia de la demanda), si llegan a su casa hablele a la patrulla e indique que esas personas pretenden robarla. No se pueden cobrar sin orden de juez, como lo indica el forista anterior son tacticas de los despachos de cobranza para recuperar algo del adeudo.

    Indiquele a su mama que no vuelva a firmar por nadie.