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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Septiembre de 2011 21:54 2011-09-12 21:54 desde IP: 187.144.32.164
BUENAS NOCHES.
si tienes menos de 15 años, por un dia, y renunciaste, solo te corresponde el aguinal de este año en forma proporcional, e igualmente la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional.
Si renunciaste, pero tenias 15 y un dia, tienes derecho a12 dias por cada año de servicios prestados y lo que bnates te mncione, perdiste el derecho a indemnizaciòn constitucional que son 90 dias mas.
Nunca se renuncia, pero, asi es la gente.
Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m
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