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  • Consulta : 125234
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 238788

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES.

     La verdad es, que si no te da pensi``on es por tu culpa, ya que tienes un convenio y tenias y tienes todo el derecho de hacerlo valer.

    Si el señor convive o no convive con su hija, eso a ti, no te importa, no es parte de los conceptos de ley, saber si va bien o no en la escuela es un sentimiento, la ley no se rige por sentimientos.

    Necesitas por fuerza un abogado que haga  valer la plainilla de liquidaci``on de las deudas contraidas hasta el presnete momento y los incrementos que ha dejado de dar.

    Una vez formulada, es el presentarla en el juzgado, y hacerla valer por medio de un embargo sobre bienes de este señor, por ejemp`lo, el terreno de 2 millones de pesos, no se podrà vender si no cumple con la obkligaciòn.

     

    Puedes iniciar acción penal por el probable delito de incumplimiento en el pago de alimentos, amenazas y violencia intrafamiliar  en forma psicológica.

    Debes acudir con un abogado que te ayude en la redacción de tu querellaante el Ministerio Público, y para pedir copia certificada de todo lo que vayas actuando, con esas copias certificadas, puedes pedir a tu abogado que inicie la acción civildel pago de alimentos, asimismo, puedes pedir que se embarguen bienes de su propiedad, para garantizar los futuros pagos de la prestación alimentaria, y además, debes pedir urgentemente se te conceda la guarda y custodia de menor a tu favor, se ordene al demandado que no ocurra a molestarte, apercibiéndolo de que se procederá a multa y cárcel para el caso de buscarte y molestarte; asítambién, debes pedir la Perdida de la figura legal de Patria Potestad, esta última  basada en las últimas reformas que ordena la Suprema Corte de Justiciade la nación, esto es, que haya transcurrido un periodo de tiempo superior a 90 días sin que se haya proporcionado pensión alimenticia, casi nunca se pide, pero pide permiso desde este momento para que el menor pueda salir del país sin la intervención o recriminación legal del padre.

    El tiempo aproximado de este proceso es de tres a cuatro meses, y debes de tener:

    . Acta de nacimiento de tu hija. Tu credencial de Elector y recibo de Luz o Agua Potable.

    . El domicilio donde puede ser localizado el padre de tu hija.

    . Donde trabaja o como se llama su negocio.

     . Si tiene cuenta bancaria o algún inmueble que quede como garantía de pagos futuros de la pensión alimenticia.

    . Dos testigos que hayan estado presentes y les consten los hechos que vas a denunciar en forma penal. (No que tú les hayas contado, que hayan estado presentes, que saben y les consta).

    Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

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